Se otorgará la suma de $200.000 a la persona que presente el certificado de defunción del socio (a) fallecido y copia de la factura de la funeraria en la que conste el nombre del socio (a) y del solicitante que contrató el servicio o en su defecto, de un certificado extendido por ésta. Asímismo, tendrán derecho a este beneficio y por el mismo monto, los socios (as) de la Cooperativa al fallecimiento de su cónyuge, para lo cual se requerirá la presentación del certificado de defunción y certificado de matrimonio o fotocopia de la libreta de matrimonio. En ambos casos, deberá acompañarse fotocopia de la cédula de identidad del socio (a) fallecido y el solicitante.
El plazo para solicitar este beneficio será de 90 días corridos, desde el fallecimiento del socio (a) o cónyuge