En caso de incendio de la casa habitación en que el socio (a) propietario tenga su domicilio, residencia o morada y que producto de éste resulte con daños superiores al 60%, tendrá derecho a un beneficio de $1.000.000, previa presentación de la documentación oficial exigida (Partes de Carabineros, Denuncia a Fiscalía o Certificación de Bomberos), además de acompañar copia del certificado de dominio vigente del inmueble siniestrado y fotocopia de la cédula de identidad del socio (a).
El plazo para solicitar este beneficio será de 120 días corridos, desde la fecha en que haya ocurrido el siniestro respectivo.